Revisión incapacidad absoluta, ayuda.
Publicado: Mar, 26 Abr 2022, 22:13
Hola a todos.
Tengo 45 años y en 2020 me dieron la incapacidad absoluta.
Yo tengo trastorno de pánico con Agorafobia y depresión crónica.
También desde 2018 tengo una discapacidad 33%.
En 2014 me operaron de un sleeve gástrico.
El caso es que me ha llegado la carta del INSS para la revisión de la incapacidad.
La consulta que quiero hacer es si saben si lo normal es que mantengan la incapacidad, ya que fue con el trabajo donde acabé enfermando.
Cuando voy a las visitas de la psicóloga y psiquiatra realmente no hay cambios, en realidad ahora tengo una depresión más fuerte.
Pero tengo miedo a que me lo haga quiten porque dependo de mi pensión y no puedo trabajar ya que siento mucho miedo y me limita a casi todo.
Lo que me llegó por carta dice esto, pero no pone fecha de revisión.
A ver si me pueden decir y aconsejar.
Muchas gracias
Senor/Señora:
Le comunico que hemos iniciado, en fecha 01/03/2022, el procedimiento para revisar su incapacidad y conocer la evolución
e incidencia de las secuelas que motivaron la declaración de incapacidad permanente que tiene reconocida, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 200 del Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre,(BOE de 31/10/2015), por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Según lo establecido en el artículo 76 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas (LPACAP), (BOE de 2/10/201S) puede efectuar todas las alegaciones que consideren convenientes, en el plazo de
15 días contados desde el día siguiente al de la recepción de este escrito, por correo postal, la sede electrónica o en nuestros
centros de atención, con cita previa.
Atentamente.
Tengo 45 años y en 2020 me dieron la incapacidad absoluta.
Yo tengo trastorno de pánico con Agorafobia y depresión crónica.
También desde 2018 tengo una discapacidad 33%.
En 2014 me operaron de un sleeve gástrico.
El caso es que me ha llegado la carta del INSS para la revisión de la incapacidad.
La consulta que quiero hacer es si saben si lo normal es que mantengan la incapacidad, ya que fue con el trabajo donde acabé enfermando.
Cuando voy a las visitas de la psicóloga y psiquiatra realmente no hay cambios, en realidad ahora tengo una depresión más fuerte.
Pero tengo miedo a que me lo haga quiten porque dependo de mi pensión y no puedo trabajar ya que siento mucho miedo y me limita a casi todo.
Lo que me llegó por carta dice esto, pero no pone fecha de revisión.
A ver si me pueden decir y aconsejar.
Muchas gracias
Senor/Señora:
Le comunico que hemos iniciado, en fecha 01/03/2022, el procedimiento para revisar su incapacidad y conocer la evolución
e incidencia de las secuelas que motivaron la declaración de incapacidad permanente que tiene reconocida, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 200 del Real decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre,(BOE de 31/10/2015), por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Según lo establecido en el artículo 76 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas (LPACAP), (BOE de 2/10/201S) puede efectuar todas las alegaciones que consideren convenientes, en el plazo de
15 días contados desde el día siguiente al de la recepción de este escrito, por correo postal, la sede electrónica o en nuestros
centros de atención, con cita previa.
Atentamente.