Este mes ha empezado la campaña para presentar la declaración de la Renta del año 2022. Las personas con al menos un 33% de discapacidad y sus familias cuentan con beneficios fiscales o deducciones, así como también las personas con discapacidad que necesiten asistencia.
El mínimo exento en la renta para todos los contribuyentes es de 5.500 euros, aunque esta cifra varía según cada situación. En caso de una persona con discapacidad, la cuantía exenta de tributación se determina en función del grado de discapacidad y del nivel de asistencia que requiera en su día a día, que ha de estar acreditado.
En relación a las personas con discapacidad: El mínimo por ascendiente (como por ejemplo padres o abuelos) es de 1.150 euros para una persona de cualquier edad, con una discapacidad acreditada. Cuando el ascendiente es una persona mayor de 75 años, la cifra asciende a 2.550 euros. El mínimo por descendientes (hijos) se aplica a quienes conviven con menores de 25 años o personas con una discapacidad acreditada igual o superior al 33%, por tutela o acogimiento por resolución judicial su guarda y custodia.
En cuanto al rendimiento del trabajo, en caso de tener una discapacidad y ser trabajadora activa, una persona puede acreditar algunos gastos y restarlos de los ingresos brutos sobre los que se calcula el impuesto de la renta. Adicionalmente, la misma ley del IRPF establece deducciones si hay una persona con discapacidad a cargo y si se realizan obras e instalaciones para poder adaptar la vivienda.
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