Desaparece el término «disminuido», que se sustituye por «personas con discapacidad»
El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del artículo 49 de la Constitución Española, eliminando el uso del término «disminuido» y cambiándolo por el de «personas con discapacidad».
Se trata de la primera reforma de la Constitución Española de 1978 que modifica un contenido social.
Esta modificación pasa de un enfoque asistencialista a un reconocimiento centrado en los derechos humanos de las personas con discapacidad. También reconoce que las personas con discapacidad son titulares de derechos, sin que haya discriminación y obliga a los poderes públicos a garantizar la plena autonomía e inclusión social, respetando las preferencias y libertades de decisión.
Fuente: Tododisca